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Buenos Aires, 09 de septiembre 2010
CONSULADO GENERAL DEL PERU
 
MULTAS REFERÉNDUM FONAVI
3 de octubre de 2010

Se informa que  los  ciudadanos  que se encuentren en el Padrón Electoral del exterior  y  que  no participen en el Referéndum del 03 de Octubre de 2010, NO están afectos a la multa por Omiso al Sufragio.

Los  ciudadanos  que  fueron  elegidos Miembros de Mesa SI están sujetos a multa si no cumplen con asistir. Sin embargo, pueden solicitar:

  1. Excusa, hasta el 06 de setiembre de 2010;
  2. Justificación, hasta 5 días calendario antes del Referéndum; y,
  3. Dispensa, a partir del 04 de octubre de 2010.

La Justificación solo procede por razones de salud. El ciudadano debe acreditar su incapacidad con el certificado médico correspondiente.

La  Dispensa  solo  procede  en  caso  de  enfermedad debidamente acreditada  con  el certificado médico o en el caso de madres en período de lactancia  y que acrediten dicha circunstancia con la partida de nacimiento del menor o la tarjeta de control del niño, cuando corresponda.

 

Buenos Aires, 09 de setiembre de 2010